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Cantabria CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE BDNS 937796

Orden CTD/5/2026, bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a titulares de salas de exhibición cinematográfica, para favorecer la creación de audiencias en Cantabria

Resumen por IA

Esta convocatoria de subvenciones, aprobada mediante Orden CTD/5/2026, tiene como objetivo favorecer la creación de audiencias en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el año 2026. La ayuda está dirigida específicamente a titulares de salas de exhibición cinematográfica, ya sean personas físicas o jurídicas, que desarrollen actividad económica en la región. El importe de la subvención se destina a cofinanciar los gastos necesarios para el proyecto, siempre que estos sean subvencionables y se garantice la viabilidad económica, debiendo cubrirse la diferencia con fondos propios del solicitante si los ingresos de terceros no son suficientes.

Para poder participar en esta convocatoria, los solicitantes deben ser titulares de salas de exhibición ubicadas en Cantabria. Entre los requisitos clave se encuentra la obligación de aportar una memoria técnica y económica detallada, que incluya datos generales de la sala, relaciones de películas exhibidas en periodos específicos (julio 2024 a junio 2025 y julio 2025 a junio 2026), y el porcentaje de sesiones de películas comunitarias. Asimismo, es necesario presentar información sobre los trabajadores con contrato laboral en vigor y el número de entradas vendidas con su correspondiente porcentaje de ocupación de aforo.

El presupuesto del proyecto debe elaborarse conforme al modelo Anexo II, desglosando pormenorizadamente los gastos e ingresos. Es fundamental tener en cuenta que los gastos sujetos a tributación por IVA no serán subvencionables si son susceptibles de recuperación o compensación. La subvención solicitada debe coincidir con el importe indicado en la solicitud, y el presupuesto de gastos debe ser coherente con las fuentes de financiación estimadas para asegurar la viabilidad del proyecto.

La solicitud debe presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOC.

Dificultad media La dificultad media se debe a la necesidad de presentar una memoria técnica y económica extensa con datos históricos de programación, cálculos de porcentajes de películas comunitarias y justificación

Por confirmar

Descargar el texto de la convocatoria (PDF)

Anexo II

Pásasela a quien le sirva

Requisitos

Plazos

Preguntas frecuentes

¿Cuándo surten efectos las bases reguladoras?

Surtirán efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

¿Qué recursos se pueden interponer contra esta orden?

Se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Cultura, Turismo y Deporte en un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en dos meses, ambos contados desde el día siguiente a la publicación.

ConvocaCONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE
ÁmbitoAutonómica
TerritorioCantabria · Cantabria
Publicada26 oct 2026
PlazoDía siguiente a la publicación del extracto en BOC / 10 días hábiles desde la publicación del extracto
Comprobadahoy
Presupuesto164 mil €
BeneficiariosPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
SectorAudiovisual
FinalidadCultura | Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión
Publicada enA rellenar cuando se sepa
El organismo da este enlace como lugar de publicación; a veces es la portada del boletín y no el documento.

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